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Contra la voluntad de ISA, terminó la etapa de arreglo directo. Después que Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. –ISA-  violara durante tres años lo establecido en el artículo 433 del Código Sustantivo del Trabajo, y de haber sido obligada por Tutela del Tribunal Superior de Medellín –Sala Laboral- a cumplir la ley, es decir a cumplir con lo establecido en artículo 433 del Código Sustantivo del Trabajo y agotar la etapa de arreglo directo.

Por orden del Tribunal Superior de Medellín –Sala Laboral- en fallo de Tutela No. 037 del 10 de abril de 2013, ISA fue obligada a cumplir la ley. A cumplir con lo establecido en artículo 433 del Código Sustantivo del Trabajo, y abstenerse de violar la ley.

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